La resolución N° 35/2022 del Indec dispone penalizaciones por “falsear o producir con omisión maliciosa la información” desde 1.076,36 hasta 106.799,35 pesos. Las autoridades, sin embargo, prefieren destacar que en la sociedad argentina existe un alto nivel de conciencia sobre la importancia del censo y una amplia participación de la población
El artículo 17 del Decreto 726/2020, publicado el 4 de septiembre de 2020, no admite otras interpretaciones: “Todos y todas los y las habitantes de la Nación quedan obligados y obligadas a responder la totalidad de las preguntas incluidas en el Censo Nacional de Población, Hogares y Viviendas Ronda 2020, haciéndose saber que quienes no suministren en término, falseen u omitan la información solicitada incurrirán en infracción y serán pasibles de multa de acuerdo con lo establecido en el artículo 15 de la Ley N° 17.622″.
El artículo 15 de la Ley N° 17.622, sancionada el 25 de enero de 1968, publicada en el Boletín Oficial seis días después y que instrumenta la creación del Instituto Nacional de Estadística y Censos (Indec), es conciso: “Incurrirán en infracción y serán pasibles de multas de cinco mil ($ 5000) a quinientos mil pesos ($ 500.000), conforme al procedimiento previsto en la reglamentación de la presente ley, quienes no suministren en término, falseen o produzcan con omisión maliciosa las informaciones necesarias para las estadísticas y los censos a cargo del Sistema Estadístico Nacional. Los importes mínimos y máximos previstos en el presente artículo se reajustarán semestralmente, el primero de enero y el primero de julio de cada año en función de los incrementos habidos en los semestres que vencen el treinta y uno de diciembre y el treinta de junio, de conformidad con la variación operada en el nivel general de precios al por mayor en dichos períodos”.
Los importes mínimos y máximos de las multas fueron actualizados de manera efectiva el 23 de febrero de este año en la resolución N° 35/2022 del Indec. Las penalizaciones por falsear o producir con omisión maliciosa la información solicitada irán desde 1.076,36 hasta 106.799,35 pesos, según la gravedad del fallo. Así como el voto, la participación en el censo también es obligatoria y la falta del sufragio, penada con una multa. Así como en el voto, no responder el cuestionario por el censo implicaría una penalidad compleja de instrumentar.
De hecho, las autoridades del Indec prefieren evadir las consultas sobre las multas. Las validan, pero procuran no promover los castigos: por lo bajo, afirman que “no van a perseguir a nadie”. Dicen: “Existen, pero elegimos destacar el espíritu participativo del relevamiento”. “El censo tiene un dejo romántico y en la sociedad argentina hay conciencia de su importancia. La gran mayoría de gente se presta para contestar de buena manera”, confiaron, a su vez, desde el organismo oficial encargado de coordinar el undécimo Censo Nacional de Población, Hogares y Viviendas de la historia argentina.
Es la primera vez que el censo es bimodal: la fase digital antecede a la tradicional, la presencial. La primera culminará a las ocho de la mañana del miércoles 18 de mayo, cuando empiece -automáticamente- el recorrido de los cerca de 600 mil personas censistas asignados al operativo que visitarán todas las casas del país en un mismo día. Quienes no hayan respondido el cuestionario online, podrán contestar las preguntas en la entrevista directa con el censista porque el censo digital no reemplaza al censo tradicional: lo que hace es reducir los tiempos de la visita y del procesamiento de datos.
No hay modo de cotejar la veracidad de los datos, como tampoco hay justificativo para brindar información falsa. El cuestionario no pide DNI ni apellidos de las personas censadas dado que rige el secreto estadístico: toda la información es confidencial y se brindará de forma agregada. En la carga online existen mecanismos automáticos capaces de cotejar datos erróneos que restringirán la finalización del formulario hasta que sean corregidos. En cambio, en la carga manual ya no. Desde el Indec, sugieren que al tratarse de un relevamiento masivo que arroja datos estadísticos y porcentuales, una serie de datos falsos no revisten cambios severos en los resultados generales.
Marco Lavagna, en su última conferencia de prensa, respondió, a su vez, sobre los controles a quienes no cumplan con la Ley N° 24.254, sancionada el 13 de octubre de 1993 y promulgada el 11 de noviembre de ese mismo año. La norma declara feriado nacional “el día de cada año en el que se efectúe el Censo Nacional de Población y Vivienda”. El segundo artículo de la legislación expresa que “quedan prohibidas hasta las veinte horas las funciones teatrales, exhibiciones cinematográficas, competencias deportivas y en general toda clase de espectáculos y reuniones públicas al aire libre o en recintos cubiertos. Los restaurantes, confiterías, casas de expendio de bebidas y similares, rotiserías, panaderías y en general todo comercio de venta de artículos alimenticios y de bebidas y clubes, permanecerán cerrados hasta la hora indicada”.
“Los controles no son parte de las atribuciones que tiene el instituto: serán las provincias y los organismos quienes lo hagan, en todo caso nuestra tarea es resaltar la necesidad y la importancia de los datos censales. Es una información muy estructural absolutamente vital. Nuestro compromiso, más que ir por las restricciones, va por el lado de poder concientizar sobre la importancia que tienen los datos”, afirmó el director del Indec.
Precisamente, se decretó que el día del censo sea feriado nacional para garantizar el correcto funcionamiento del relevamiento. Tampoco es arbitraria la elección del día: se eligió el miércoles a fin de no incentivar el movimiento de gente hacia destinos turísticos y que respeten, así, su hogar de referencia. No es necesario que todas las personas que sean censadas permanezcan en la vivienda el día del censo: con que una persona mayor de 14 años sea capaz de responder todas las preguntas es suficiente. En caso de que por alguna razón no haya nadie en el hogar, se puede coordinar con algún vecino la entrega del comprobante de finalización al censista si es que fue completado el censo digital. Si nadie responde al llamado del censista, se contará esa vivienda como vacía.
Lavagna anunció, también, que cerca del 40% de las viviendas ya se han censado de forma digital. Ese número representa a casi 18 millones de personas que experimentaron la carga de datos por internet. Las cifras ya califican de “exitosa” la implementación del esquema bimodal. “Los censos son la herramienta que permite planificar a largo plazo hacia dónde queremos ir como país”, destacó el funcionario antes de remarcar que “es importante contar con buenos censos, con datos de calidad e información para la toma de decisiones”.